Nuevo repaso a la normativa sobre patinetes

Nuevo repaso a la normativa sobre patinetes

Este mes nos hemos decidido a volver a hacer un repaso a la normativa sobre los Vehículos de movilidad personal (VMP) y, especialmente, de los patinetes eléctricos. Sé que hace unos meses ya hablamos de ellos, pero en los últimos exámenes teóricos hemos visto MUCHAS preguntas relativas a ellos, así que nunca está de más refrescarla.

Pero antes de entrar en materia, un repaso a los alumnos que han obtenido este mes el carnet de conducir con Trebolcar. Seis han sido los aprobados: Isabel, Marc y Marius (teórico y práctico a la primera), Adrián (teórico a la primera y práctico a la tercera), Lucía (teórico a la primera y práctico a la cuarta) y Marta ((teórico a la primera y práctico a la quinta). Muchas felicidades a todos!!! A disfrutar del verano sobre cuatro ruedas!!

patinete electrico
Patinete eléctrico @cottonbro

Normativa de aplicación a patinetes

Lo primero sería definir qué consideramos como un Vehículo de movilidad personal (VMP en adelante). Según el Reglamento General de Vehículos: «son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.«

Respecto a su normativa podríamos dividirla entre una normativa básica (que es la mínima común para todo el territorio nacional) y la normativa que, de forma específica, regula cada Ayuntamiento.

Entre las condiciones mínimas deberíamos destacar dos principalmente:

  • La prohibición de circulación de los VMP por aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías, vías interurbanas, túneles… Las calzadas donde está permitido su utilización vendrá definido por cada Ayuntamiento. En ausencia de normativa municipal se considerará que se permite su circulación por cualquier calzada urbana.
  • La velocidad de los VMP ha de estar comprendida entre 6 y 25 km/h.

Es importante tener en cuenta:

  • Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol y a la prohibición de conducción bajo los efectos de cualquier droga.
  • Está prohibido circular con estos vehículos utilizando auriculares, el móvil o cualquier otro tipo de dispositivo.

Además, en la última Ley de Tráfico se incluyó la obligación del uso de casco a los conductores de dichos vehículos.

Copyright: DGT

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Sanciones e infracciones

Las principales infracciones y sanciones en las que se puede incurrir con el uso de VMP podemos encontrar:

  • Multa entre 500 y 1.000€ (en función de la tasa de alcohol) e inmovilización del vehículo por conducir el patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol.
  • Multa de 1.000€  e inmovilización del vehículo por conducir el patinete eléctrico bajo los efectos del drogas.
  • Multa de 200€ por el uso del teléfono móvil o cualquier otro dispositivo mientras se conduce el patinete.
  • Multa de 200€ a quien conduzca el patinete mientras usa auriculares, conduzca por la noche sin prendas reflectantes o dispositivos luminosos (alumbrado) o sin casco.

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