El tema de este mes es sencillo pero bastante confuso para muchos conductores: ¿Cómo deben utilizarse cada una de las luces que dispone el vehículo?, ¿Qué luces son obligatorias y cuáles no? Nunca mejor dicho, vamos a poner un poco de luz en el asunto. Mientras tanto, celebramos que cerramos el mes con seis nuevos aprobados, cuatro de ellos con pleno: Ángela, Óscar, Cristina y Michel (teórico y práctico a la primera), Vanessa (teórico a la primera y práctico a la segunda) y Yago (teórico a la segunda y práctico a la primera). ¡Enhorabuena a los seis!
Tipos de luces en el vehículo
En nuestros vehículos disponemos, según modelo y antigüedad, de hasta seis tipos de luces: luz de cruce, luz de carretera o luces largas, luces de posición, luces antiniebla delantera y trasera y luz de marcha atrás. Cada una de ellas tiene sus propias funciones, se emplean en distintas situaciones y no todas son obligatorias.
Luz de cruce (obligatoria). Se trata de una luz blanca, ancha y corta, que alumbra la parte delantera del vehículo a corta y media distancia, evitando así deslumbrar a los vehículos que vienen de frente. Dicha luz debe emplearse siempre de noche o en malas condiciones climáticas en todas las vías.
Luces de carretera o luces largas (obligatoria). Se trata de una luz blanca, larga y estrecha, que alumbra la parte delantera del vehículo a larga distancia. Dicha luz debe emplearse de noche o en vías mal iluminadas siempre y cuando no causemos el deslumbramiento de vehículos que circulan en dirección contraria. En caso de aproximarse alguno, debemos cambiarlas a luz de cruce hasta rebasarlo.
Luces de posición (obligatorias). Estas luces consisten en dos pilotos blancos, en la zona delantera y dos pilotos rojos en la parte trasera del vehículo. Su función es la de señalar la presencia del vehículo.
Luces de antiniebla delanteras (no obligatorias). Esta luz es de color blanco, baja y ancha que ilumina hacia los laterales del vehículo. En caso de disponer de ellas hay que emplearlas de día o de noche siempre que nos encontremos con condiciones atmosféricas tales como niebla, lluvia fuerte, nevada o nubes de polvo.
Luces de antiniebla traseras (obligatorias). Estas luces se ubican en la parte trasera del vehículo y son de un color rojo más intenso que las luces de posición. Al igual que las delanteras, deben emplearse en caso de niebla, lluvia o nevadas intensas.
Luz de marcha atrás (obligatoria). Se trata de una o dos luces blancas en la parte trasera del vehículo. Dicha luz se ilumina automáticamente al insertar la marcha atrás en el vehículo para comunicar la maniobra al vehículo que le precede.
Luces de día
Desde el pasado 2011 se hicieron obligatorias las luces de conducción diurna en los nuevos vehículos. Dichas luces se activan automáticamente al encender el vehículo y tienen como objetivo hacer más visible a los vehículos en autopistas, autovías, tramos peligrosos, cruces de poca visibilidad… reduciendo así los siniestros.
Para los vehículos fabricados previamente a 2011 y que no incorporan este sistema, la DGT recomienda (no obliga) a mantener encendidas las luces de cruce.